
Este jueves el Consejo Nacional Electoral (CNE) aprobó el Reglamento General de la Ley Orgánica de Procesos Electorales que regirán los comicios presidenciales del próximo 7 de octubre.
De acuerdo con un boletín de prensa, dicha norma contiene como innovación la obligatoriedad de registro ante el organismo comicial de empresas e instituciones,
públicas y privadas, particulares, universidades y demás institutos
académicos que pretendan publicar encuestas, sondeos o estudios de
opinión sobre las preferencias electorales.
Para tales efectos, el CNE abrirá un registro de aquellas
instituciones que deseen hacer público resultados de encuestas con
tendencias de voto y/o predilecciones electorales. Este registro será
publicado en el sitio oficial del Poder Electoral en Internet:
www.cne.gob.ve, refiere la nota.
El reglamento establece además que se debe presentar la ficha técnica
y la metodología utilizada en las encuestas, sondeos y estudios de
opinión, cuyo fin sea investigar las preferencias electorales, cuando
sean publicados en los medios de comunicación.
La nueva norma remarca que sólo podrán divulgarse resultados de
encuestas y estudios de opinión que cumplan con lo establecido en el
reglamento y ratifica la prohibición de publicarlos hasta siete días
antes de la elección.
El instrumento legal que compila los reglamentos sancionados en el
año 2010, también incluye un articulado que regula las innovaciones
aplicadas al Sistema Automatizado de Votación y el funcionamiento de la
mesa electoral a partir de la incorporación del Sistema de
Autenticación Integrado.